El Tribunal Oral de Temuco condenó el miércoles a seis años de presidio efectivo a un hombre que violó a su ex pareja en la comuna de Cunco. Desde la Fiscalía dijeron que dictó sentencia usando “enfoque de género”, en sintonía con los tratados internacionales como la Convención Belém do Pará. Para abogadas feministas y feministas estas medidas siguen siendo inocuas si no se avanza en el Proyecto de Ley sobre el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
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El hecho ocurrió el 27 de febrero de 2020, pasada las ocho y media de la noche, en la localidad de Los Laureles en Cunco. En ese contexto, el hombre, de iniciales M. Q. L. (46), ingresó a la vivienda de su expareja, con quien había terminado hace unos días, para exigirle que volvieran a estar juntos. Ella se negó y el hombre la agredió física y sexualmente.
“Durante su declaración habla de situaciones que importan reconocer la violencia de género que él ejerció. De esta manera dice por ejemplo ella quitó la foto de ambos desde su celular, ella ingresó al baño con su celular, ella demoró en el baño. Podemos decir que intentó justificar sus acciones desde una perspectiva de lo que un hombre puede hacer y lo que una mujer no puede hacer”, explicó el fiscal Ítalo Ortega, de la Unidad de Delitos Sexuales de Temuco.
Después de agredir a su expareja, el imputado le aseguró que violaría a toda pareja que tuviera en el futuro. Lo que, según Ortega, “refleja la dominación como mecanismo relacional por parte del acusado, máxime el contexto de no entender o aceptar el término de una relación, como evidente señal de posesión sobre una persona”.
El fallo de la Corte incorporó la perspectiva de género en el análisis de los hechos, lo que fue valorado por el fiscal Ortega, dado que estaría en sintonía con los tratados internacionales suscritos por Chile como la Convención Belém do Pará, la cual reconoce la violencia contra la mujer como una violación a sus derechos humanos.
Una vez que cumpla con su condena de seis años, el hombre quedará bajo vigilancia de Carabineros durante otros dos años más, y con la prohibición de aproximarse a la víctima, visitar su domicilio o el lugar de trabajo por el lapso de diez años a contar de la fecha en que esta sentencia se haga efectiva.
Proyecto de Ley sobre el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia
Feministas y abogadas feministas tienen un análisis menos optimista de este hecho, Javiera Barrientos, licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales y con una larga trayectoria como activista feminista, comentó a La Otra diaria que se valora que haya una perspectiva de género tomando en cuenta los tratados internacionales vigentes, que están ratificados por Chile, pero pone énfasis en que estas medidas siguen siendo inocuas si no se impulsa el Proyecto de Ley sobre el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
“Esta iniciativa va en concordancia con la Convención Belem do Pará, con la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y también con el Protocolo de Estambul. Si no se genera urgente una ‘ley marco’ que aborde la violencia de género en Chile -que viene tratando de impulsarse desde la décadas de los noventa- los tipos penales van a seguir desde una mirada reduccionista, además de que no se pueden ampliar y las mejoras se hacen solo cuando el contexto empuja esas decisiones, mejoras que se van suscitando donde los hechos de violencia contra las mujeres, adolescentas y niñas tienen como consecuencia un contexto que ya no son sostenibles”, explica Barrientos.
Según la licenciada ese fue el caso del tipo penal de femicidio, y así se han ido haciendo mejoras aisladas en cuerpos legales concretos. “Como operadora feminista en derecho se valora que un fiscal tenga perspectiva de género a la hora de evaluar el ilícito, es difícil probar una violación que tiene lugar en un contexto íntimo y que, en este caso, excepcionalmente, analizando el comportamiento del agresor, se pudo concluir y acreditar que había un contexto previo de violencia de género, aunque todo esto está lejos de ser suficiente para la debida protección de mujeres, niñas y adolescentes de nuestro territorio”, agrega.
Ana María Vera Haro, activista feminista y de Derechos Humanos e integrante de la Asamblea Feminista de Temuco, dice que este caso habla de un territorio donde el conservadurismo y pautas culturales patriarcales son recurrentes. “Vimos un cambio en el caso de Antonia Barra, caso que nuestras organizaciones lograron visibilizar con mucha movilización y donde el fiscal presentó una argumentación basada en tratados internacionales que buscan erradicar la violencia hacia la mujer, que se integre la perspectiva de género en la interpretación de los hechos dentro de una investigación es una cuestión que está contribuyendo a que tribunales valoren incluir esta argumentación Cuando, por ejemplo, se toma en cuenta el control de la mujer como parte de la violencia de género que se instala resultando en violación”, dice.
Aunque valora estos avances también insiste en que debe existir una “ley marco” que aterrice de forma integral el tema de la violencia.
“Necesitamos mecanismos por medio de los cuales se pueda aplicar el Convenio de Belem do Pará y donde el Estado efectivamente impulse acciones para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer o vamos a seguir siendo testigo de estos delitos”, concluye.